ACTORA Consumo ha conseguido que el juzgado de 1ª instancia de Huesca condene a Ibercaja Banco a anular una cláusula suelo y, también, el acuerdo de novación hipotecaria en el que obligaba a una consumidora a no ejercer acciones legales contra el banco. La entidad ha tenido que devolver a la afectada más de 5.000 euros y, además, fue condenada a pagar las costas judiciales.
La demandante, socia de ACTORA Consumo y representada en el juicio por los abogados de nuestra asociación de consumidores, suscribió el 20 de diciembre de 2013 un contrato de préstamo hipotecario en el que se establecía una cláusula suelo del 4’25% nominal anual y el 25 de enero de 2014, apenas un mes después, un acuerdo de novación por contrato privado que reducía la cláusula suelo al 3% nominal anual.
Tras examinar la cláusula suelo, el juez encargado del caso considera que “existió un déficit de información precontractual por parte de la entidad bancaria” y que la cláusula suelo “no superó el control de transparencia formal y material”, no pudiendo conocer la socia de ACTORA Consumo “las consecuencias económicas de lo que firmaba, y no siendo el consentimiento prestado libre e informado”.
El juez recuerda que la inclusión de la cláusula suelo “convierte de hecho a un contrato que se ofrece como un préstamo s interés variable en un préstamo a interés fijo”, ya que nunca bajaría del 4’5% nominal anual. Además, la cláusula suelo aparece reflejada en la escritura de compraventa con subrogación del préstamo hipotecario “con una redacción farragosa, sin un lugar, ni siquiera un párrafo, preferente o destacado, con un tratamiento no solo accesorio, sino enmarañado entre otras condiciones; siendo muy difícil detectar para el consumidor”.
Primera nulidad de un acuerdo de novación con renuncia a acciones legales
Además el juez también declara nula la cláusula suelo inserta en el contrato de novación modificativa de fecha 25 de enero de 2014, que la reducía al 3% nominal anual, con expresa renuncia al inicio de acciones legales por parte de la afectada.
Se trata de la primera sentencia de estas características en los juzgados españoles, reforzando así las tesis de ACTORA Consumo de que tanto las cláusulas suelo como los acuerdos que los bancos forzaban a firmar a los consumidores para reducirlas y renunciar a acciones legales son totalmente nulos. De esta forma, Ibercaja Banco ha sido finalmente condenada a anular totalmente la cláusula suelo y el acuerdo de novación, a devolver a la afectada 5.000 euros y a pagar las costas judiciales.
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