Los consumidores deben conocer sus derechos en seguros de salud. Su contratación suele radicar en la necesidad de disfrutar de coberturas sanitarias como complemento o sustitución del Sistema Nacional de Salud. Los seguros de salud son fundamentales en casos de estancias prolongadas en el extranjero.
Un aspecto a tener en cuenta en los seguros de salud son los periodos de carencia. En los seguros de asistencia sanitaria suelen señalarse unos plazos en los que la póliza no esté vigente. El consumidor también debe conocer las condiciones de pago y cuánto deberá pagar cada vez que use los servicios sanitarios privados de la compañía.
A medida que el asegurado o asegurada cumple años es habitual que aumente el precio del seguro de salud, ya que las aseguradoras se exponen a cubrir más riesgos. Las aseguradoras están obligadas a comunicar estas subidas al menos dos meses antes de la fecha de renovación del seguro. Si el usuario o usuaria no está de acuerdo con las nuevas condiciones podrá negarse a prorrogar el contrato para el periodo siguiente.
Los seguros de salud suelen tener un listado de exclusiones, que deberán constar en las condiciones del contrato. Aunque cambian en cada póliza, las exclusiones más frecuentes suelen ser: enfermedades preexistentes; tratamientos experimentales; accidentes durante la práctica de deportes de riesgo; intentos de suicidio; cirugías para reducir la miopía; cirugía estética; enfermedades causadas por el abuso de bebidas alcohólicas o estupefacientes.
Cómo reclamar nuestros derechos en seguros de salud
En caso de surgir algún desacuerdo entre la aseguradora y la persona asegurada, éste tiene las siguientes vías de reclamación:
- Reclamar ante el Servicio de Atención al Cliente de la compañía de seguros. Es preciso enviar la reclamación por correo certificado con acuse de recibo o burofax.
- Si dos meses después de enviar la reclamación el consumidor no ha recibido respuesta por parte de la aseguradora, o si esta no es satisfactoria, puede elevar su reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Este organismo tiene cuatro meses para resolver, aunque sus decisiones no son vinculantes para las aseguradoras.
- Si la aseguradora está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, puede solicitar un Arbitraje de Consumo, vía gratuita de resolución extrajudicial de conflictos.
- Demanda judicial. Si el importe reclamado no supera los 2.000 euros no es preciso contar con abogado / a ni procurador / a.
Si usted ha tenido un problema con su seguro del hogar y quiere presentar una reclamación ante su compañía de seguros, puede contactar con una asociación de consumidores como Actora Consumo para recibir asesoramiento especializado.