La pandemia del coronavirus está ocasionando que muchos consumidores sufran cancelaciones de viajes u otros servicios que habían contratado con anterioridad. En los últimos días ACTORA Consumo ha recibido decenas de consultas sobre qué derechos tienen los consumidores ante este tipo de cancelaciones que, entendemos, se están produciendo por una causa de fuerza mayor como es una pandemia a nivel internacional con cierre de fronteras incluido en algunos casos.

ACTORA Consumo informa de que aquellos consumidores que hayan contratado algún servicio, tal como un viaje combinado, alojamiento o un servicio de transporte, tienen derecho a su anulación por causas de fuerza mayor y al reembolso de todas las cantidades entregadas con motivo de la contratación.

Los consumidores tienen derecho a reclamar en los casos en los que, con motivo de la actual situación social, se produzca una cancelación de un viaje, incluyendo el transporte del mismo.

La base jurídica de dicha cancelación, es la conocida como causa de ‘fuerza mayor’, término que engloba aquellas circunstancias imprevisibles e inevitables que alteran las condiciones de una obligación. Por ejemplo, son generalmente aceptados como causas de fuerza mayor, los acontecimientos naturales, tales como los terremotos o las inundaciones.

¿Se podría considerar una pandemia como el coronavirus, un acontecimiento de fuerza mayor? Rotundamente, SÍ. De hecho muchas empresas de alojamientos turísticos ya lo han considerado como tal y, por dicho motivo, se han iniciado los reintegros de las cantidades pagadas por los usuarios afectados.

Sin embargo, otras muchas empresas y aseguradoras, no consideran este hecho un acontecimiento de fuerza mayor dado que no lo recogen en las condiciones de sus pólizas o en su política empresarial.

Cómo reclamar si te han cancelado un viaje por el coronavirus

Ante esta situación, ACTORA Consumo aconseja que todos los consumidores, realicen solicitudes de cancelación de manera fehaciente a través de carta certificada con acuse de recibo o burofax a estas empresas.

Si el consumidor realiza la reclamación por las vías indicadas y guarda toda la documentación, en caso de denegación, podría plantearse la posibilidad de acudir a una vía judicial para solucionar esta incidencia, dado que la administración de Justicia puede declarar esta fuerza mayor.

Otra cuestión es qué ocurre en los casos en los que, por haber realizado el viaje antes de esta situación, se les obligue a los consumidores a permanecer en el alojamiento. En estos casos, los gastos que conlleven los días de más que haya que pasar en dicho alojamiento, deben ser cubiertos por la Administración central. En ningún caso los gastos deberán correr, no obstante, por cuenta de los consumidores.

En relación con los viajes del IMSERSO, volvemos a lo indicado anteriormente: también debe realizarse reclamación fehaciente para que, en caso de denegación, los afectados puedan luego solicitar la devolución de las cantidades pagadas.

ACTORA Consumo está, como siempre, a disposición de todos los consumidores que quieran ampliar esta información o necesiten de nuestra ayuda para defender sus legítimos derechos como consumidores.

 
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