El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) -una especie de Ministerio Fiscal del Tribunal de justicia de la UE- ha emitido un dictamen favorable a los consumidores que sufren el índice IRPH en sus hipotecas.

El informe, que no es vinculante para el tribunal aunque en la práctica suele coincidir con la decisión del tribunal, corrige la doctrina de nuestro Tribunal Supremo y permite que el IRPH sea sometido a juicio por los tribunales españoles ya que dicha posibilidad había sido vedada por el Tribunal Supremo.

Si el TJUE adopta finalmente esta tesis, juzgados y tribunales españoles podrán enjuiciar si hubo una información suficiente y veraz en la contratación de hipotecas referenciadas al IRPH. Es decir, si fue leal y transparente la contratación.

¿Qué diferencia al IRPH del Euribor?

El IRPH es un índice que ha resultado más gravoso para el consumidor que el Euribor por dos motivos fundamentales:

1.- El IRPH se conforma con la media aritmética de los tipos de interés de las hipotecas de las entidades financieras españolas (desde la más grande a la más pequeña) frente al Euribor, que se conforma con la media ponderada de los tipos de interés de las hipotecas de todas las entidades financieras europeas.

2.- Además para calcular el IRPH, las entidades incluyen las comisiones de la hipoteca por lo que los valores tienden a ser más altos que el Euribor. Para corregir esta desviación artificial del precio (las comisiones no están sujetas a limitación siempre que cumplan con los requisitos legales)  el Banco de España estableció que al IRPH debía sumársele un diferencial negativo, algo que ninguna entidad financiera realizó.

La sentencia definitiva se espera para el primer trimestre de 2020, aunque si tienes IRPH en tu hipoteca puedes concertar una cita en ACTORA Consumo y revisaremos tu hipoteca.

 
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