Electricidad

Problemas con la compañía de la luz: conoce cómo resolverlos

Problemas con la compañía de la luz: conoce cómo resolverlos

Los problemas con la compañía de la luz son numerosos: Errores en las facturas de la luz o en el contador de la electricidad, modificación de los contratos, ofertas comerciales poco claras… son algunos problemas de los consumidores en el mercado eléctrico. Debemos conocer los derechos de los consumidores en la electricidad y cómo reclamar frente a las compañías eléctricas.

Problemas con la compañía de la luz: Errores en la factura

Si el consumidor observa que en su factura de la luz tiene un consumo muy elevado en kilovatios en proporción a años anteriores, debe comprobar la cantidad real de kilovatios consumidos que aparece en su contador.

Si la compañía eléctrica hace lecturas reales del contador y el consumo que aparece en la factura no coincide con los kilovatios del contador, puede haber un fallo de la lectura hecha por la compañía eléctrica. Siendo así, el consumidor debe contactar con su compañía de la luz para que haga una refacturación.

Si los kilovatios que aparecen en el contador coinciden con los de la factura, podemos comprobar que no haya ninguna fuga de electricidad en nuestra vivienda desconectando los diferenciales y comprobando que los kilovatios han parado de contar. Si el contador sigue corriendo el consumidor debe contactar con la compañía eléctrica para que lo repare. La empresa no puede cobrar por la reparación si el contador está averiado. Se puede pedir una revisión del contador al Departamento de Industria del Gobierno de Aragón, que cobrará una tasa que podremos reclamar a la eléctrica si el contador está averiado.

Si tras estas comprobaciones se demuestra que la compañía eléctrica hubiera facturado de más al consumidor, estará obligada a devolverle los importes cobrados de más, más el interés legal del dinero, en la siguiente factura.

Si la factura es elevada pero el consumo no, es posible que el consumidor tenga contratada más potencia de la necesaria en su tarifa eléctrica. La potencia contratada es un coste fijo. Bajar la potencia no tiene coste para el consumidor, pero volver a subirla sí y éste depende de cada eléctrica.

Problemas con la compañía de la luz: Contratar la luz en una vivienda nueva

A la hora de contratar la electricidad en una vivienda nueva el consumidor debe elegir entre las compañías eléctricas del ‘Mercado Regulado’, que ofrecerán el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) y el precio fijo, y las del ‘Mercado Libre’, con varias ofertas. El consumidor debe analizar con calma las ofertas a su disposición y elegir la que más se adapte a sus necesidades, además del término de potencia más ajustado a su estilo de vida y consumo.

Bono social

Muchos consumidores desconocen la existencia del bono social, un descuento del 25% sobre el PVPC. Esta tarifa se aplica a los  hogares con una potencia inferior a los 3 kW. También lo pueden solicitar quienes tengan contratada una potencia no superior a 10 kW si cumplen estos requisitos: ser pensionista de 60 o más años o recibir una pensión mínima por incapacidad permanente, viudedad o jubilación; tener familia numerosa; que todos los miembros de la unidad familiar estén en el paro. Por ley sólo pueden comercializarlo Endesa, Iberdrola, Gas Natural, EDP y E.ON.

 Problemas con la compañía de la luz: ofertas comerciales

Otro problema al que se enfrentan los consumidores en el mercado eléctrico es las prácticas comerciales ‘desleales’ de las empresas eléctricas, especialmente de sus departamentos comerciales ‘puerta a puerta’ o de venta telefónica.

Desde Actora Consumo recomendamos a los consumidores que no firmen nada ni den sus datos bancarios a las compañías eléctricas sin examinar a conciencia las ofertas comerciales. Es necesario que el consumidor se quede con una copia de la publicidad y de los documentos que le enseñen las eléctricas, puesto que la publicidad forma parte del contrato según la ley.

Hay muchos casos de consumidores que han recibido ‘mejoras’ comerciales de sus compañías eléctricas y, sin embargo, lo que estaban firmando era un cambio de compañía eléctrica, pasar del mercado regulado al libre, adquirir nuevos productos o servicios… El consumidor debe saber que, si firma un contrato fuera de un establecimiento comercial, tiene 14 días para desistir, o 12 meses si la empresa no le informó de este derecho. Es necesario que este desestimiento se haga por escrito y guardando un justificante de entrega, para evitar errores o guardar la documentación de cara a una posible reclamación.

Corte de suministro eléctrico

La compañía eléctrica solo puede cortar la luz a un cliente por impago si han transcurrido al menos dos meses desde la primera reclamación del pago.

Cambio de empresa comercializadora de la electricidad

Si cambiamos de compañía eléctrica la nueva empresa debe encargarse de realizar todos los trámites. Antes de ello el consumidor debe conocer si tiene alguna cláusula de permanencia con su actual compañía, aunque los consumidores pueden rescindir un contrato de la luz sin penalización si ha pasado más de un año desde su firma. Si no es así, la compañía eléctrica puede llegar a cobrar un 5% de recargo sobre la electricidad no suministrada. La tarifa PVPC está exenta de estas penalizaciones.

Problemas con la compañía de la luz: Baja del servicio y contrato de mantenimiento

El consumidor puede darse de baja de su compañía eléctrica en cualquier momento. Eso sí, debe examinar si tiene activo contrato de mantenimiento, que suelen ofrecerse en algunas tarifas del Mercado Libre y tienen un coste anual que se paga mensualmente, por lo que si queremos romper el contrato con la compañía eléctrica tendremos que pagar todo el año.

Cómo reclamar por los problemas con la compañía de la luz

Si el consumidor tiene estos u otros problemas con su compañía eléctrica, tiene varias vías legales a su alcance para defender sus derechos:

  • Poner una reclamación por escrito ante el Servicio de Atención al Cliente de la Compañía.
  • Si el Servicio de Atención al Cliente no ha solucionado nuestra reclamación en el plazo de un mes, el consumidor puede elevar la reclamación ante la Dirección General de Energía y Minas del Gobierno de Aragón, que tiene las competencias en materia de energía en nuestra Comunidad.
  • Sistema Arbitral de Consumo: Si la empresa está adherida a este sistema de resolución extrajudicial de conflictos, el consumidor puede pedir un Arbitraje de Consumo.

Finalmente, recordar que los consumidores también pueden acudir a las asociaciones de consumidores como Actora Consumo para recibir asesoramiento especializado.

 
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