En 2015, una sentencia del Tribunal Supremo concluía que era abusiva la cláusula de algunos contratos hipotecarios que imponía que el cliente asumiera todos los gastos derivados de la constitución de una hipoteca. Recientemente, el alto tribunal ha publicado cinco sentencias dirimiendo cuál debe ser el reparto de estos gastos. Sin embargo, sus conclusiones argumentadas son distintas a lo que marca la ley de crédito hipotecario que se encuentra actualmente en el Senado.

En concreto, el Tribunal Supremo ha dictaminado que se deben repartir entre el banco y el consumidor los gastos de notaría y de gestoría y que, como ya sentenció en noviembre, el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), le corresponde pagarlo al cliente. Por el contrario el texto de la nueva norma, que ya fue aprobada por el Congreso de los Diputados, apunta que serán los bancos y no los clientes los que asuman todos estos gastos.

Así, el Tribunal Supremo ha marcado la doctrina para todos aquellos contratos hipotecarios previos a la entrada en vigor de la nueva norma, prevista para el mes de marzo, estableciendo cuál debería haber sido el reparto de los gastos.

Demandas para reclamar los gastos hipotecarios

ACTORA Consumo considera que el Tribunal Supremo vuelve a moderar, en perjuicio del consumidor, una cláusula previamente declarada abusiva por él mismo. Esta moderación es incluso contraria a la norma europea básica de protección al consumidor, la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993. Además el fallo del alto tribunal contradice el principio de efectividad de las normas europeas,principio que podemos traducir como el “que la hace la paga”.

ACTORA Consumo considera que esta decisión es gravemente lesiva para los derechos e intereses de los consumidores y persigue desincentivar las reclamaciones contra los bancos. Una vez estudiado el fallo por el equipo jurídico de nuestra asociación de consumidores, en breve comenzaremos a interponer demandas en defensa de los legítimos derechos de nuestros asociados.

 
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